Publicación del BOJA, miércoles 27 de mayo 2020, añade un 10% al aforo interior de los locales, quedando en un 50%, aún insuficiente para la viabilidad del sector, y las terrazas(??), nada se dice sobre su ampliación de aforo.

Decreto-ley 14/2020, por el que se establecen con carácter extraordinario y urgente medidas para la reactivación del sector de la hostelería, restauración,Ocio y esparcimiento.

En éste Decreto-ley, entre varias cuestiones, destaco la que más nos afecta en la medida de horario y aforos:

CAPITULO 1

Aforo en establecimientos de hostelería y restauración.

Se establece en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía un aforo máximo De  50% en los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, Salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno.

Horarios en establecimientos de hostelería y de terrazas y veladores.

El horario máximo de cierre general de los establecimientos de hostelería sin Música y con música se amplía en una hora, hasta las 03:00 horas, no siéndole aplicable la ampliación de una hora más los viernes, sábado y vísperas de festivos.

Los horarios de terrazas y veladores para exclusivo consumo de comidas y bebidas instalados en la vía pública y otras zonas de dominio público, anexos o accesorios a establecimientos de hostelería así como en las superficies privadas abiertas o al aire libre o descubiertas que formen parte de los establecimientos de hostelería, se determinarán por los Ayuntamientos correspondientes, compatibilizando su funcionamiento con la aplicación de las normas vigentes en materia de contaminación acústica y medioambiental en general y garantizando el derecho a la salud y al descanso de la ciudadanía, con las siguientes limitaciones:

a) No podrán superar los márgenes de apertura y cierre generales previstos para cada tipo de establecimiento de hostelería

b) En ningún caso el límite horario para la expedición de bebidas y comidas en dichos  espacios podrá exceder de las 03:00 horas, debiendo quedar totalmente desalojados y recogidos, como máximo, en el plazo de media hora a partir de ese horario límite, siendo de aplicación con carácter general a todos los municipios sin excepción alguna.

Bueno, un paso más que da la Comunidad Andaluza, por el bien de nuestros establecimientos, aunque muy alejada de las demandas de nuestro sector, nada dice de la ampliación de aforo de terrazas, un tema que tendrá que abordar más pronto que tarde, para garantizar la supervivencia del sector

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M José Zambrano, Veterinaria Bromatóloga , gerente de Brozam, empresa dedicada a la asesoría en higiene y seguridad alimentaria

 

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