HOSTELERÍA: NUEVA ORDEN 442 /2020 (23.05.20) NORMAS PARA FASE 2, NADA NUEVO BAJO EL SOL
Tras la publicación este domingo en el BOE de 23 de mayo 2020 la Orden, SND/442/2020, por la que se modifica la orden SND 414/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, hay que puntualizar que básicamente todo sigue igual a lo ya ordenado la semana pasada, y que el único cambio es la exclusión del municipio de Totana en Murcia para el avance de ésta a Fase 2.
La hostelería y restauración que aspiraban a un aumento cuantitativo del aforo, tanto dentro y por supuesto fuera en las terraza, ha visto frustradas de un mazazo sus aspiraciones.
Esto quiere decir que continuamos bajo las mismas normas que ya informé la semana pasada y que vuelvo a recordar, de manera sintetizada:
En la entrada en Fase 2 en la mayoría del territorio español, a partir del 25 de mayo, podrá procederse a la apertura al público, de la zona interior del local, siempre que no se supere el cuarenta por ciento de su aforo, y continúa con el 50% del aforo en la terraza, siempre cumpliéndose las medidas establecidas en esta orden.
- El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa. Prohibido barra.
- Se puede encargar comida y bebida para llevar en el propio local.
- Deberá asegurarse el mantenimiento de la distancia física de dos metros entre las mesas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.
- La distancia entre camarero y cliente durante todo el proceso de atención al público será de al menos un metro cuando y siempre elemento de protección: mascarilla.(orden SND 422/2020)
- Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes virucida (registrados por el Ministerio de Sanidad) en entrada del establecimiento.
- Prescindir de cartas de uso común, así como productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras…, priorizando monodosis.
- La vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados o bien, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.
- El uso de los aseos por los clientes estará permitido con una ocupación máxima de una persona. Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos. Se revisará cada hora el funcionamiento y la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta de los aseos en los establecimientos. Aconseja 6 limpiezas del aseo durante toda la jornada laboral.
- Entre un cliente y otro, se deberá garantizar la limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto.
- Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso, de no ser así, se optará por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado a 60ºC.
- Preferentemente el pago con tarjeta.
- Se deberá disponer de papeleras en las que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable.
- Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones.
Normas para el establecimiento:
- Se asegurará que todos los manipuladores tengan siempre a su disposición en el lugar de trabajo agua y jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes (registrados por el Ministerio de Sanidad).
- La disposición de los puestos de trabajo, se modificarán, para garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal, que deberán cumplirse, en los vestuarios, taquillas y aseos de los trabajadores…Cuando no pueda garantizarse esta distancia, se asegurará que los trabajadores dispongan de equipos de protección (mascarillas). El personal deberá estar formado e informado sobre el correcto uso de los citados equipos de protección.
- Para uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección de manera mecánica con una temperatura igual o superior a 60ºC.
- Si el trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma.
LIMPIEZA, su importancia para la lucha contra el Covid-19
El gerente del local deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso del establecimiento.
En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:
a) Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida (registrados por el Ministerio de Sanidad).
Las medidas de limpieza se extenderán también, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas…
b) Una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar el día. Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores y mesas, mamparas en su caso, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo.
Esta limpieza se podrá realizar, a lo largo de la jornada, pero es preferible en el cambio de turno a mediodía.
Resumiendo: esta Orden 442/2020, se establece para la Fase 2 y se mantiene las normas de la Orden 414 que acabo de resumir.
Esperemos a la Fase 3, para ver que aforo se nos va asignando, ya que reitero que con éste aforo y entrando el verano se puede comprometer nuestro reflote…
Vuelvo a insistir en la importancia que los hosteleros unan esfuerzos y defiendan ante el Ejecutivo un mayor aforo en los locales, sobre todo en las terrazas, dentro del cumplimiento de las medidas higiénicas y de seguridad, como es lógico.
Recordar que el Gerente del establecimiento, es el responsable de la formación del personal que han de incorporar a sus puestos de trabajo. Desde la Web Brozam.es ofrecemos cursos para la obtención del certificado de manipulador de alimentos, en donde ya hemos incluido en el temario las medidas de prevención para el Covid-19, que os informo, es obligatorio que todo el personal conozca y sea conocedor a la hora de trabajar en hostelería de las medidas de prevención para el Covid-19.
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